El 9 de junio es festivo en nuestra comunidad y suponemos que todos conocen lo que recordamos y celebramos en esta jornada, pero para los olvidadizos o las nuevas generaciones, les copiamos sobre lo que ya teníamos escrito en torno a esta fecha.
El 9 de junio de 1982 es sancionado por el rey de España, Juan Carlos I y promulgado, el texto íntegro de la ley orgánica 3/1982 del estatuto de Autonomía de La Rioja, siendo publicada por el Boletín Oficial del Estado en su número 146 de fecha 19 del mismo mes.
Con el texto aprobado por las Cortes Generales en el pleno del Congreso de 25 de mayo de 1982 por un total de 253 votos a favor, 7 en contra y 19 abstenciones, se ponía fin a algo más de dos años de reuniones, acuerdos, desacuerdos, paradas, marchas atrás, ajustes. cambios, nuevas redacciones y votaciones...
Y es que la historia de tener un Estatuto para la Autonomía de La Rioja, una vez reunidas las ideas de todos los colectivos riojanos en torno a un mismo sentir y que las mismas se tradujeran en una iniciativa constitucional, la podemos fechar el 25 de enero de 1980, en que se celebra la primera reunión en Asamblea de sus treinta y dos miembros -es decir los 24 diputados provinciales y 8 parlamentarios, 4 diputados y 4 senadores- presidida por el miembro de mayor edad, Victorino Pascual, en la que se acuerda designar a doce de sis miembros, por lo que tomaron el nombre de 'Comisión de los Doce', para que se trasladasen a Madrid con el objetivo de hacer entrega de la documentación de la iniciativa autonómica al ministro de Administración Territorial, Antonio Fontán y al presidente del Congreso de los Diputados, Landelino Lavilla, hecho que hay que fechar un 13 de febrero de 1980.
Con esta primera reunión se puede iniciar el trabajo que la Constitución Española en su artículo 146 indica: "El proyecto de Estatuto será elaborado por una Asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley".
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